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domingo, 30 de junio de 2013

Criminologia

Introducción
La conducta del hombre como todos sabemos, desde tiempos remotos siempre ha preocupado a los estudiosos y siempre ha sido de estudio y críticas. De ahí es que intervienen las Escuelas Jurídico Penales, según Jiménez de Asua, los términos de causal - explicativos, normativos y aplicativos provienen del estudio de la naturaleza de la conducta humana.
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El desenvolvimiento humano y el origen del hecho humano son objeto de estudio de la ciencia causal - explicativa y su única limitación radica en su propio radio de estudio.
Los comportamientos que están basados o regulados en las normas legales, son los que estudia la ciencia normativa; y su campo de estudio es menos amplio que el de la ciencia causal-explicativa porque no pasan del marco normativo.
Por último tenemos las ciencias aplicativas que son un conjunto de técnicas, que utilizan el material científico de que las otras ciencias aportan, para ayudar al desenvolvimiento de las interrogantes que en ellas se podrían plantear.
Tenemos que la criminología nos ayuda a estudiar el delito, sin que esto signifique que este sea de objeto exclusivo de estudio de la criminología. La ciencia causal - explicativa trataría de explicar al delito en sus orígenes y desarrollo dentro de la sociedad que lo produce; La ciencia normativa estudiaría los modelos de comportamiento humano que la ley describe como delito y todas las sanciones que se podrían aplicar para cada comportamiento establecido y la ciencia aplicativa se ocuparía en indagar las circunstancias temporal - espaciales, instrumentales y personales en que se realizó el hecho punible.
Así tenemos que la criminología es una ciencia causal - explicativa, el derecho penal es una ciencia normativa y la criminalística es una ciencia aplicativa.

Historia de la criminología.
La lucha del delito y la preocupación científica de este fueron objetivos que las ciencias normativas trataron alcanzar y se dio durante la antigüedad y la edad media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas que ilustres filósofos de la época dieron su opinión al respecto del problema de los delincuentes y el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a HESIODO, PITAGORAS, HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES. Lo que si falto en esta época fue el sentido científico realista que es un presupuesto para la investigación criminología, por falta de este sentido científico realista no se pudo coleccionar sistemáticamente las experiencias.
Tenemos que las bases de la filosofía del derecho penal dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso lo mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la época medieval. Damos comienzo en la edad moderna, estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera intensidad solo en el siglo XIX, es aquí que los fenómenos reales entran en investigación, estos fenómenos abarcaban tanto el plano físico y psíquico que están en conexión con el delito.
En estas ilustraciones tuvo su mejor influencia la obra del jurista milanés CESARE BECCARIA, Trattato dei delitti e delle pene, 1764; En alemán: Uber Verbrechen und strafen, 1870; [En español hay varias traducciones: la primera de 1774; otras en 1820, 1821, 1822, 1851, 1879 (por PASCUAL VICENT, siguiendo la versión de 1862, de CESAR CANTU: De los delitos y de las penas), 1945 (Buenos Aires)].
La criminología, como podemos observar no se exterioriza de una manera independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se desarrolla una disciplina propia, llamada criminología.

Ahora como ramas más importante de la criminología podemos mencionar: Las investigaciones médicas, con importancia en la Medicina Legal; La Antropología, Psiquiatría, Biología hereditaria, de las llamadas Psicología médica y de la caracterología.

Ya en la antigüedad se ocuparon los médicos de cuestiones medico legales aisladas y fueron llamados n algunos casos como expertos. En 1249 se tomó juramento s H. v. LUCCA en Bolonia para la redacción de dictámenes medico legales y B. de VARIGNANA (muerto en 1318) practico la primera autopsia para la comprobación de un envenenamiento.
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En su mayoría tenemos que LOMBROSO es siempre o en la mayoría de los casos nombrado como fundador de la criminología científica. Claro está que al hacerlo no es justo dejar en lo oculto el que antes de él ya habían sido elaborados la materia en los decenios anteriores a él por muchos investigadores de numerosas ramas.

Tenemos por ejemplo a MOREL, que con investigaciones propias, hizo reflexiones como las de LOMBROSO pero con la diferencia que se permaneció en la oscuridad. También, llevado por la fuerte intensión político - criminal, JEREMIAS BENTHAN, propuso reformas al sistema legal y penal inglés, mientras su compañero de ciencia, HOWAR con su obra States of Prisons in England and Wales de 1777, impulso a los movimientos de reformas. (El Estado de las prisiones en Inglaterra y Gales).
Los intentos de implicar al hombre en la criminología científica era la primordial importancia de esta. Como ejemplo de estos intentos tenemos a LAVATER, con sus primeras publicaciones el 1775 de Fisonomía y los trabajos de GALL cuya obra principal apareció en 1882, llamada Les fonctions du cerveau (Las funciones del cerebro). GALL es señalado como el verdadero fundador de la antropología criminal, el cual anteriormente se ocupó de la Frenología, a la cual se le aplico el medio de prisiones Lauvergne en 1841.

El crimen era una determinada forma de degeneración hereditaria en el individuo o incluso en su familia, esta teoría está apoyada por MOREL.
Los cráneos de los criminales tenían particularidades, y estas fueron halladas por el neurólogo y patólogo BROCA. En 1869 se hizo investigaciones sobre 464 cráneos de criminales las cuales las hizo WILSON, y el médico de prisión escocés THOMSOM en 1870 publicó en el Journal of Mental Science el resultado de sus observaciones sobre más de 5,000 presos.

La tesis de la locura moral (Schwachsinn), fue publicada por PRICHARD en 1835. NICOLSON entre 1873 y 1875 publico sus trabajos sobre la vida psíquica del criminal y su tendencia a la locura, imbecilidad y ausencia de sensibilidad. Otros que proporcionaron fundamento para la doctrina de LOMBROSO fueron obras como las de P. J. CABANIS, Ph. PINEL, ESQUIROL, GRIESINGER, J. J. MOREAU de TOUR y sobre todo, MOREL, quienes entre otros se ocuparon de los problemas de la psiquiatría forense.

GUERRY para el estudio de la criminalista partió de unos principios completamente distintos a los conocidos. Fue en 1833 en su obra ESSAI SUR LA STATISTIQUE MORALE DE LA FRANCE y en la principal de QUETELET, SUR L'HOMME ET LE DE VELOPPEMENT DE LA FACULTES OU ESSAI DE PHAYSIQUE SOCIALE, 1836. Por parte de Alemania VON MAYR, fue conocido particularmente con su obra Estadística de la Policía Judicial en el Reino de Baviera, dada esta obra en el ano de 1867, y su posterior obra llamada la regularidad en la vida social, en 1877.
Tenemos que las ciencias del espíritu eran las que dominaban, la toma de posición ante hechos criminológicos, aunque también se dio el caso que en los cien años anteriores a LOMBROSO también se daba una importancia, aunque de una manera menos expresiva de la toma de posición de los hechos criminológicos, pero con aspiraciones por un camino Empírico. Gracias a los investigadores de Antropología Médica, Psiquiatría, como Psicología Temprana y Sociología, se ocuparon de los planteamientos criminológicos.
En la sociedad siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y esto le concierne a la criminología, buscando la delincuencia juvenil y las causas del delito. Hasta llegar a la teoría de que las interrelaciones de las personas, grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son las principales causas de que se cometa un delito.

Como decíamos anteriormente en la antigüedad se pensaba que el delito, se le atribuían a los defectos físicos y mentales y que era el producto de los rasgos hereditarios. Pero no hay de qué preocuparse puesto que tales afirmaciones hoy en día no son tomadas como positivas sino más bien son rechazadas. Llegada a esta conclusión porque el delito, porque el delito se aprende y no se hereda. Las explicaciones sociológicas son las que se oponen a la creencia del delito hereditario.

La criminología es una ciencia muy nueva y d la cual podemos ver que se basa en dos áreas de búsquedas, que son distintas pero están relacionadas entre sí, la primera está el estudio de la naturaleza del delito dentro de la sociedad y la segunda es el estudio de los delincuentes desde un punto de vista psicológico. Ambas de estas teorías son más descriptivas que analíticas.
Los eruditos de la materia estudian el comportamiento humano desde una perspectiva clínica y sino desde una perspectiva legalistica por esa razón es una ciencia que no es exacta. La ley utilizando estas perspectiva llegan a la conclusiones que conductas son criminales y cuáles no, de allí es que los científicos tratan de formular sus razones de porque ciertas personas violan la ley.

De acuerdo con las creencias y sus necesidades, hablando de la sociedad, podríamos decir que es legal o ilegal. Aunque tenemos que el código penal posee nociones firmes del mal y del bien, observando que no todo lo malo en sentido moral es criminal y algunos actos que por lo general no se consideran malos pueden ser penalizados.

Se ha llegado a comparar el estudio d un delito con el de la moda o hasta con algo mucho más siniestro como por ejemplo el poder económico. Pero hay que tener en cuenta que dependiendo de los diferentes comportamientos, así serán las diferentes causas del delito.

En Hispanoamérica, podemos mencionar como gran un gran criminólogo a JOSE INGENIEROS, puesto que fue el primero en Hispanoamérica. También en Cuba se han impreso libros de criminología, aunque su valor científico sea escaso podemos mencionar a RICARDO A. OXAMENDI y el de J. MORALES COELLO.
Bueno, después del congreso de criminología celebrado en París en el año 1950, proliferan los libros de criminología en estos países con características apuntadas, teniendo en cuenta que son en realidad la transcripción de los libros de otros autores. Pero aún falta para que la verdadera criminología del hombre hispanoamericano se haga, pero tenemos que anunciar a LUIS CARLOS PEREZ, utiliza datos sobre la criminalidad de menores y mujeres en Colombia, de los bolivianos, HUARCAR CAJIAS, que divide su obra en una sección d biología criminal y sociología criminal y HUGO CESAR CADIMA que hasta ahora solo tiene en su primer tomo la introducción y la antropología criminal; y el muy conocido profesor venezolano JOSE RAFAEL MENDOSA, que expuso un libro con gran mérito expositivo.
Para una mejor comprensión de la criminología entraremos al estudio de las escuelas jurídico penales, puesto que los conceptos puramente jurídicos van entrelazados con los criminológicos y de allí se parte del análisis de los problemas normativos.

Para JIMENES DE ASUA, las escuelas jurídico penales son: "EL CUERPO ORGANICO DE CONCEPCIONES CONTRAPUESTAS SOBRE LA LEGITIMIDAD DEL DERECHO DE PENSAR SOBRE LA NATURALEZA DEL DELITO Y SOBRE EL FIN DE LAS SANCIONES".
El rápido desarrollo de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se debió a las continuas confrontaciones, algunas de violencia, de las diversas escuelas jurídico penales.

Unos de los avances más importante que se obtuvo de la lucha de las escuelas jurídico -penales consistió en la delimitación de los campos, en la precisión de métodos y en la colaboración entre profesionales, puesto que anteriormente trabajaban dispersos.
SAINZ CANTERO nos define escuela jurídico penales en un sentido más amplio "LA DIRECCIÓN DE PENSAMIENTO QUE TIENE UNA DETERMINADA DIRECCIÓN, TRABAJA CON UN MÉTODO PECULIAR Y RESPONDE A UNOS DETERMINADOS PRESUPUESTOS FILOSÓFICOS-PENALES".

Una de las corrientes que están actualmente en desprestigio es las "jurídico-criminológica" que pretende hacer de la criminología una ciencia auxiliar, que se dediquen a estudiar dogmas y códigos penales.

La escuela clásica
En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio (los burgueses), llamada esta época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo que la Ética Protestante despertara para que las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre a través de la razón experimento los dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los dictados de la razón.

La reforma clásica tuvo sus inicios en la última mitad del siglo XVIII en Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en cuenta que lo más importante es que la Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y posteriores a BECCARIA.

BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 años de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por último el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito.

Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado.

Al hablar de los representantes de la Escuela Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a BECCARIA, sentando los principios de esta gran corriente el "DIVINO MARQUEZ". BETHAM, aportó con su obra "TEORÍA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS" escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con "GÉNESIS DEL DIRITTO PENALE" en 1837.

El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus pensamientos políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI (1787 - 1848).

ROSSI consideraba que existía un orden moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones.

Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se hace con el ánimo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro no se realice otros delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus El menta iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la fuente y de la ley moral como el límite.
Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.

Dentro de los escritores clásicos más destacados tenemos a FRANCISCO CARRARA (1805 - 1888), que en 1859 escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan importantes porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica son las doctrinas de CARRARA las que se someten a exámenes.
CARRARA, nos confiesa "NO ME OCUPO DE CUESTIONES FILOSOFICAS: PRESUPONGO ACEPTADA LA DOCTRINA DEL LIBRE ARBITRIO Y DE LA IMPUTABILIDAD MORAL DEL HOMBRE, Y SOBRE ESTA BASE EDIFICADA LA CIENCIA CRIMINAL, QUE MAL SE CONSTRUIRIA SIN AQUELLA".
Según CARRARA delito es "LA INFRACCION DE LA LEY DEL ESTADO, PROMULGADA PARA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL HOMBRE, POSITIVO O NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE O POLÍTICAMENTE ENGAÑOSO".

No tenemos que olvidar a otros autores que dieron luz y brillo a la Escuela Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI, PESSINA, MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y TYSSOT.
Esta Escuela Clásica tiene por postulados:
1.     El encontrar sus bases filosóficas en el Derecho Natural.
2.     Un respeto absoluto al principio de legalidad.
3.     Ver al delito como un ente jurídico y no como un ente filosófico.
4.     El libre albedrío.
5.     La aplicación de las penas a los individuos moralmente responsables.
6.     Los que carezcan de libre albedrío como por ejemplo los locos y los niños quedan excluidos del Derecho.
7.     La pena es la retribución que se hace al criminal por el mal que hizo en la sociedad.
8.     La retribución debe ser exacta.
"LAS PENAS SON SANCIONES AFLICTIVAS DETERMINADAS, CIERTAS, EJEMPLARES, PROPORCIONALES, DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS DE PUBLICIDAD, CERTEZA, PRONTITUD, FRACCIONABILIDAD Y REPARABILIDAD, Y EN SU EJECUCIÓN DEBEN SER CORRECTIVAS, INMUTABLE E IMPRORROGABLES".

La finalidad de la pena es restablecer el orden social externo que ha sido roto por el delincuente.
El Derecho de castigar pertenece al Estado título de tutela jurídica.
El Derecho Penal es garantía de libertad, ya que asegura la seguridad jurídica ante la autoridad.
Se considera que el método debe ser:
  •  lógico-abstracto,
  • silogístico y
  • deductivo.
La escuela positiva
Esta es todo lo contrario a la Escuela Clásica, la Escuela Positiva si tuvo una existencia real, con un grupo de juristas que retaron a otros juristas del campo para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una doctrina.

FERRI nos dice que "LA ESCUELA POSITIVA CONSISTE EN LO SIGUIENTE: ESTUDIAR AL DELITO, PRIMERO EN SU GÉNESIS NATURAL, Y DESPUÉS EN SUS EFECTOS JURÍDICOS, PARA ADAPTAR JURÍDICAMENTE A LAS VARIAS CAUSAS QUE LO PRODUCEN LOS DIVERSOS REMEDIOS, QUE POR CONSIGUIENTES  SERÁN EFICACES"
Debido a los excesos de la Escuela Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió al abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias de haber de haber agotado la problemática jurídico-penal.

El principal medio de difusión de esta escuela fue la revista "Archivi di psichiatria, scienze penali e antropología criminal". La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda, llena de aciertos y de errores también, así como ha tenido muchos que la apoyan también están los que la contradicen.

Otro conocimiento que FERRI nos explica es: "La escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídico que nos ofrece. la ciencia de los delitos y de las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo sociología criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia criminal clásica el soplo vivificador de las ultimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y de la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas".

Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que sean todos sino que con ellos son con los cuales se marca el principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta nuestros días.

Los postulados de esta escuela son:
1.     La Escuela Positiva se caracteriza por su método científico.
·        El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.
·        Su determinismo, es totalmente determinista esta escuela.
·        Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.
·        El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden quedar excluidos del derecho.
·        El concepto de Pena se sustituye por el de sanción.
·        La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal.
·        Estas deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración indeterminada.
·        La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.
·        El derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a título de defensa social.
·        Más importante que las penas son los substitutivos penales.
·        Se acepta "tipos" criminales.
·        La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.
·        El método es inductivo - experimental.
Inteligencia y delincuencia
HARRY GODLAND, indico que la incapacidad mental es la principal causa única de la criminalidad. GODLAND, realizo un estudio entre los años 10 y 1914 dentro de los cuales, estudio a 150 mil reclusos condenados. Y encontró que un 50% de estos tenía deficiencia mental.

Los postulados de esta Teoría son:
1.     El débil mental sería un tipo de delincuente.
2.     Las personas nacen débil mental o con una inteligencia normal.
3.     En la mayoría de las ocasiones estas personas conocen los delitos peligrosos de asalto y los delitos sexuales.
4.     Los débiles mentales cometen estos delitos por la falta de los factores inhibitorios sociales; sobre todo este no puede exteriorizar los que esta descrito como bueno o como malo.
5.      No tienen la capacidad de prever la consecuencia de sus actos y por lo tanto la amenaza penal no tiene efecto sobre esta clase de individuo.
6.      Son personas muy sugestionables y cualquier criminal más inteligente que él lo puede llevar a cometer un delito.
7.     Por ser débil mental, en los barrios donde existe una criminalidad alta, lo hace por imitación.
Los inteligentes tienen la capacidad para ocultar la criminalidad pero los débiles mentales carecen de ella.
Teoría de la sexualidad de los niños y psicoanálisis (Sigmund Freud)
La teoría de la sexualidad de los niños fue entendida cuando se desarrolló la teoría de la sexualidad humana. Donde dice que hay un "yo" un "ello" y un "super-ello". El ego viene de la realidad pero se relaciona con el ello y el super-ello. Según esto, muestra nuestras relaciones infantiles con nuestros padres. Vivimos del pasado, puesto que somos susceptibles a este ya que la niñez influye en nuestra vida adulta. Sin embargo ofrece una libertad de esclavitud infantil del pasado pero debemos tratar de salvar el yo individual de nuestras fuerzas salvajes y de la sociedad.

La explicación de la teoría: Tenemos que el ser humano en su comienzo fue o era solo instinto, de allí él va creando otros instintos psíquicos; el "ello" (ID) lo más primitivo y el "yo" (ego) creado después, sobre la base que primero solo éramos animales y después se desarrolló, pero nunca se dejó de tener instintos solo que lo teníamos en forma inconsciente.

Hay otra instancia psíquica que se confunde con el "yo" y el "ahora", que es el punto del momento del "ya" y el "ahora".

El "yo" se relaciona con la voluntad pero a lo interno, pero tiene otra instancia psíquica que es el "súper yo" que es formado desde que el niño nace y es sometido a la autoridad de sus padres primero, y después por otras personas. Allí podemos encontrar las reglas y pautas de lo bueno, lo que se debe hacer y lo malo, lo que no se debe hacer.

En lo interno del "yo" donde está la memoria y el "súper-ego", se puede llegar a la conciencia. Es decir que al preconsciente, donde solo se logra llegar con el psicoanálisis u el inconsciente.

Tanto los principios que están en el "ello" y las normas el "súper-ello" como nuestra conciencia y las exigencias del mundo exterior, se da la influencia en la conducta humana que es la realidad de un proceso complejo.

La fuerza que lleva el instinto es la LIBIDO, que es placer físico, que FREUD lo llama placer sexual y nos plantea que el ser humano desde el momento que nace tiene experiencia sexual. Las cuales se muestran en tres fases:
             a) la fase moral, 
             b) la fase de agresión y 
             c) la fase fáctica.

Los sueños son el mensaje del subconsciente, este expresa siempre la realización de un deseo, si estos sueños producen angustias las personas se despiertan a manera de protección y estas angustias afectan al desarrollo de las personas. El sueño es el resultante de un compromiso entre las ideas del yo y las ideas latentes que se expresan en el sueño.

La explicación de la criminalidad, dice que los delincuentes carecen de "súper-ego", pero esto es ilógico ya que si alguien tuviera solo instinto actuaría como animal y sería imposible vivir con él. Más adelante se realiza otro planteamiento, que dice que el problema de la criminalidad, se da por deficiencia, producto del "súper-ego", la cual se da por una deficiencia educativa. Ese niño al crecer no podrá formar un "súper-yo" adecuado y esta instancia no cumplirá su función.
Hoy en día es considerada la sexualidad como algo normal gracias a FREUD.

Criminología clínica
BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las conductas antisociales y criminales basadas en la observancia y el análisis profundo de casos individuales, normales, anormales o patológicos. Esta corriente intenta dar una explicación integral a cada caso, considerando al ser humano como una entidad biológica, psicológica, social y moral. Se dice que proviene de LOMBROSO. Sus antecesores son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO GINER, Madrid en 1899 y DE LOS RIOS, Buenos Aires en 1907.

Se le denomina Criminología Clínica porque proviene del griego CLINE: Lecho, cama. El médico clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar, pronosticar al paciente en la cama. Estos son los grandes objetivos de la criminología clínica.

La premisa es la de que la conducta humana está condicionada por múltiples factores biológicos, psicológicos y sociales. Hay que averiguar en cada caso, cuáles de estas circunstancias hacen que la persona cometa un delito.

Dentro de los métodos tenemos:
1.     Entendimiento directo con el delincuente.
2.     Examen médico.
3.     Examen psicológico para obtener datos sobre la personalidad del individuo.
4.     Encuesta social en donde el trabajador social investiga el medio en que se desarrolló la persona.

El trabajo clínico debe ser interdisciplinario, en términos generales se ha vinculado con el funcionamiento de las prisiones. Este trabajo da respuesta al que hacer con el individuo, realizado así el diagnostico pronostico y tratamiento.

La peligrosidad es un concepto clave de la escuela clínica, que se basa en el supuesto (que causa llevar a la persona al delito) se puede determinar si los va a seguir cometiendo y en qué medida. Este concepto tiene dos aspectos:
a)    La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de delito que puede cometer el criminal.
b)    Adaptabilidad: La capacidad de adaptación al medio en que vive.

La escuela clínica trata de analizar al delito para establecer un diagnóstico, pronóstico y tratamiento. Este es el central de esta escuela.

Un diagnostico se utiliza para determinar el grado de peligrosidad de un individuo, entrando en jugo los dos aspectos antes mencionados. Lo más importante es el paso al acto y existe cuatro fases importantes:

  1.  Consentimiento Mitigante: Concibe y no rechaza la posibilidad del delito del delincuente.
  2. Consentimiento Formulado: Donde la persona decide cometer el delito.
  3. Estado de Peligro.
  4. Paso al Acto: La comisión del delito.

SUTHRERLAND, elaboró en la criminología clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió: "Es un delito cometido por una persona de respetabilidad y estrato social alto en el curso de su ocupación".
Las conclusiones:
  1. La delincuencia de las empresas y los ladrones de cuello blanco son reincidentes.
  2. Tiene miedo a la denuncia.
  3. Los hombres de negocios expresan el mismo despreció a la ley que los otros.
  4.  Son crímenes bien organizados. A diferencia del ladrón común, el de cuello blanco no se ve como delincuente.
  5. Expresa públicamente adhesión a la ley, aunque en privado la viole.
  6. Es un delito oculto, Una manera de lograr la imputabilidad es a través de expertos abogados.
  7.  En términos históricos se dio cuenta que muchas de las grandes fortunas se deben a, la practica ilícita.

Esta investigación de SUTHERLAND cambia toda la criminología, ya que como frecuentemente se decía que el delito debía explicarse con los problemas psicológicos y no es así. Además la criminología no se basa, ni en dinero ni en promesa. Concluye señalando que hay que incluir a las clases medias y altas en el fenómeno de la criminología.

La teoría del aprendizaje
Pasan a un rígido plano, las consecuencias biológicas para centrarse en las experiencias que tiene el individuo y por lo tanto para entender la criminalidad, hay que ver la criminalidad que rodea la persona.

CHRISTIE, realizó un experimento para confirmar una hipótesis que se dio en Noruega a final de la segunda guerra mundial. En 1942 se llevan a Noruega prisioneros de distintas nacionalidades y los ponen en cárceles con carceleros noruegos, más de la mitad murieron por causa del hambre y la tortura en menos de un ano. Los torturaron porque entre el carcelero y los prisioneros no existían una relación afectiva.

En 1952 CHRISTIE, hace una investigación sobre estos carceleros para determinar su conducta, encontrando los resultados de:
a)    En las características personales entre guardia torturador y no torturador no existía gran diferencia.
b)     Todos los guardias tenían características comunes a todo el resto de la población en Noruega.

Las características del grupo de los prisioneros eran:
a)    El hambre extrema daba por resultado que cualquier cortada o herida despidiera un mal olor.
b)     Esto causaba alteraciones en la conducta, por lo que hacía que los carceleros vieran a los prisioneros como personas de carácter no humano y por eso los torturaban.

En conclusión tenemos la posibilidad de actuar con crueldad, sin considerarse asesinos. Pero de esta consideración de que no había diferencia entre torturadores y no torturadores se hizo el experimento en donde se intentó ver la obediencia a la autoridad bajo la responsabilidad de otra persona, es decir muchas personas son capaces de hacerle daño a otra, siempre y cuando ese daño no se defina como prohibido, perjudicial o dañino.

La escuela ecléctica
Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva está en que estas tenían una serie de normas que si no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

El presupuesto operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la introducción del concepto situación en la responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones objetivas.

La integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos.


Escuela social
Está apoyada por el filósofo DURKHEIM, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica. Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicología con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal".

Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato.

La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales. Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Tratándose del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un enfoque sociológico., la patología se desplaza del campo individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos, desde luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a más de esto, no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico.

La clasificación de delito y delincuente. Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad biológica y psicología del delincuente. Tiene una interpretación legal sicosociojurídica. Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología, y con el favorece la maduración de la misma hacia una ulterior integración, todavía inexistente, con el derecho penal.

El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad. Este concepto de función social a su vez introdujo cambios de la mayor importancia en el derecho privado y en el derecho público, por ejemplo, con las figuras del abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y dio comienzo a la eliminación de la arraigada separación tajante entre lo privado y lo público, división sobre la cual se basan todos los sistemas jurídicos.

Escuela anómmica
Su fundamento teórico está basado en la anomía, situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional. El presupuesto operandi está fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.

La finalidad del sistema jurídico está basada en el hallazgo del nivel natural en la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en las estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela anomica no hace caso omiso de la motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no está en el individuo sino en la sociedad.

Al centrar el foco eruptivo de la delincuencia en la sociedad y no en el individuo, la medición punitiva en si pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente dentro de rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en derredor de la facultad punitiva.

EL principal aporte fue el punto víctima de las peores críticas y rechazos: interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de criminalidad.

Escuela ecológica
Su fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no contractual. El presupuesto operandi está basado en la desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio biótico-social es la finalidad del sistema jurídico.

El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chícago y producto de las inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.

La criminalidad y el sexo
Según Quetelet hizo notar que entre la criminalidad de los varones y la de las mujeres había la proporción de cinco a uno. Los estudios posteriores han confirmado el predominio masculino en el campo criminal. Admitidas las cifras, surge la necesidad de explicar las causas para tan grande disparidad de conducta, y eso nos lleva de la mano a investigar las circunstancias biológicas, psíquicas y sociales que caracterizan a cada sexo y determinan su manera de obrar.

Debemos explicar no sólo por qué la mujer delinque menos, sino también porque se inclina hacia ciertos tipos de delitos y se aleja de otros.

Por qué el sexo interesa a la criminología:
Por las siguientes razones:
1)    Porque se vincula íntimamente con delitos sexuales.
2)    Porque se asocia frecuentemente con el vicio y el delito prostitución, corrupción de menores, encubrimiento, expendio de drogas, juego, etc.
3)    Porque ocasiona delitos de tipo no sexual (hurto, homicidios, lesiones, etc.)



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