derecho en contabilidad
El derecho y la contabilidad son dos disciplinas que están estrechamente vinculadas, ya que el derecho es fundamental en la contabilidad, porque es en este que se basa gran parte de la cuestión económica y social de la contabilidad. Como ejemplos podemos encontrar muchos, en la vida de una empresa u organización la presencia de contratos, derechos de propiedad, obligaciones fiscales como el aporte de impuestos, obligaciones para con los trabajadores, en la interacción en el entorno es de vital importancia con otras personas como es lo que puede suceder dentro del derecho civil.
Como ya hemos dicho el derecho influye en nuestra carrera, es por eso que debemos conocer los principios básicos del derecho, comenzando por qué es el derecho, podemos entender como derecho al conjunto de normas que regulan la convivencia de la sociedad, cabe señalar que La ley identifica a las personas en dos tipos o clases, como son las personas naturales y las personas jurídicas, siendo estas últimas organizaciones privadas o públicas.
El contador está expuesto a los diferentes y constantes cambios en las leyes, ya que cada día se generan reformas, es por eso que nosotros como contadores debemos estar actualizados; dentro de los cambios que pueda haber también puede haber nuevas leyes, estas gracias a las fuentes del derecho que más nos afectan son la jurisprudencia, la costumbre en el derecho comercial y el derecho.
Como ya hemos dicho el derecho influye en nuestra carrera, es por eso que debemos conocer los principios básicos del derecho, comenzando por qué es el derecho, podemos entender como derecho al conjunto de normas que regulan la convivencia de la sociedad, cabe señalar que La ley identifica a las personas en dos tipos o clases, como son las personas naturales y las personas jurídicas, siendo estas últimas organizaciones privadas o públicas.
El contador está expuesto a los diferentes y constantes cambios en las leyes, ya que cada día se generan reformas, es por eso que nosotros como contadores debemos estar actualizados; dentro de los cambios que pueda haber también puede haber nuevas leyes, estas gracias a las fuentes del derecho que más nos afectan son la jurisprudencia, la costumbre en el derecho comercial y el derecho.
Como ya había mencionado anteriormente el derecho y la contabilidad, voy a señalar las otras ramas que están relacionadas entre sí.
- La Administración, a través de los procedimientos sugeridos por la buena gestión de las empresas, establece que uno de los objetivos de la contabilidad debe ser proporcionar información para maximizar el uso de los recursos mediante la adecuada distribución de los mismos con la mejor administración.
- La economía, a través de dos (2) ramas, la macroeconomía y la microeconomía, ayuda a comprender las operaciones que deben registrarse y que la contabilidad debe reportar a través de su inclusión en los estados financieros.
- Las finanzas informan en muchos casos las decisiones que toma una empresa y que repercuten en la variación de activos, pasivos y patrimonio, por ello, toda decisión que se tome en el área financiera debe estar sustentada en el análisis de los estados financieros emitidos por la contabilidad.
- La informática es la disciplina que ayuda a la contabilidad poniendo a su servicio, todos los avances que proporciona la tecnología para el procesamiento de la información financiera, con el uso de programas contables.
- Las matemáticas están relacionadas con la contabilidad en que ayudan proporcionando métodos cuantitativos para calcular razones y proporciones que se derivan de las diferentes partidas de los estados financieros o para establecer un punto de equilibrio entre ingresos, costos y gastos.
- La estadística ayuda a la contabilidad, ya que el uso o empleo de cálculos estadísticos permite establecer diferentes registros contables que afectan los estados financieros; un ejemplo es cuando se quieren proyectar las cifras de los estados financieros o al realizar una selección de una muestra representativa de movimientos o partidas de una cuenta.
Derecho con otras disciplinas
Santo Tomás de Aquino sostenía que para evitar el mal había que hacer el bien; las iglesias posteriormente argumentaron que debido al pecado original el hombre debía someterse a la ley humana y no a la ley divina, aquí hay un pequeño ejemplo de cómo el hombre comienza a relacionar la ley con otros aspectos de nuestra vida.
1.- La filosofía:
Se expresa como un "amor a la sabiduría". Y es tanto ciencia o conocimiento cierto como la suma de conocimientos laboriosamente encontrados. Lo esencial de la filosofía es que cuestiona las cosas con mayor amplitud de acción que el resto de las ciencias.
La filosofía contiene las leyes más generales del desarrollo de la naturaleza, la sociedad y el pensamiento mismo, el Derecho utiliza estas ciencias para desarrollar reglas y leyes justas que permitirán a las personas vivir juntas en paz y armonía.
Se tratan varios temas dentro de la filosofía del derecho, pero para comprender su relación con el derecho se deben observar sus divisiones básicas: Derecho positivo y Derecho natural.
La Derecha Positiva: Eres todo lo que está escrito; es decir, el derecho positivo son todas aquellas normas que se encuentran dentro de un cuerpo legislativo y tienen fuerza vinculante; de esto se ocupa la ciencia del derecho, es decir, de las normas jurídicas que han estado o están vigentes en los diferentes países, para extraer de ese estudio nociones generales que le permitan desarrollar teorías, conceptos y construcciones jurídicas. Nunca va más allá del derecho positivo, que regula el comportamiento en la sociedad.
Derecho Natural: Se distingue del derecho positivo porque es aquel en el que se pueden valorar los sistemas, determinar el fundamento de su obligatoriedad y exponer los ideales y propósitos que deben tenerse en cuenta. Está dentro de lo que se conoce como filosofía del derecho. derecho, porque así ha sido propuesto por la corriente iusnaturalista, que habla de que el derecho no es una creación humana, porque estas reglas provienen de una divinidad, o de la naturaleza, dependiendo de las ideas de las diferentes escuelas iusnaturalistas y este derecho natural, también Asegura que el legislador, al crear una norma jurídica, debe inspirarse en este derecho natural, que es anterior a cualquier creación humana.
2.- Sociología:
Es la ciencia que estudia la sociedad humana, entendida como el conjunto de individuos que viven agrupados en diversos tipos de asociaciones, colectividades e instituciones.
En sí estudia la acción social, es decir la interacción entre individuos pertenecientes a un grupo humano y la forma en que participan en la producción de un mismo hecho social.
En sí estudia la acción social, es decir la interacción entre individuos pertenecientes a un grupo humano y la forma en que participan en la producción de un mismo hecho social.
En concreto, su objeto de investigación son los grupos sociales, sus formas internas de organización, su grado de cohesión y las relaciones entre ellos y con el sistema social en general.
La sociología y el derecho son un producto de la vida social, ya que son en cierto modo el marco dentro del cual se desarrolla el comportamiento de los hombres en sus relaciones recíprocas.
Tiende a buscar las interrelaciones entre los fenómenos sociales. De hecho, esta ciencia abarca aspectos de la realidad social más complejos y más amplios que las otras ciencias humanas, describe y trata de explicar los fenómenos de la convivencia humana, intentando encontrar las leyes generales que rigen la evolución de la sociedad como entidad diferente a la suma de todos sus miembros, con características propias, y analiza también las formas de convivencia, su desarrollo y la acción recíproca que los hombres ejercen entre sí, para extraer de ese análisis las ideas generales que permitan fijarlas en fórmulas o Lea esta interrelación social dialéctica.
El derecho constituye el conjunto de normas que organiza y ordena la propia sociedad y constituye el instrumento de una clase para someter a la otra.
3.- La Economía:
La economía es una ciencia social que estudia los procesos de producción, intercambio, distribución y consumo de bienes y servicios.
Según otra de las definiciones más aceptadas, propia de corrientes marginalistas o subjetivas, la ciencia económica analiza el comportamiento humano como una relación entre fines determinados y medios escasos que tienen usos alternativos.
La economía y el derecho como sustento de todo trabajo humano se encuentran en la base social, y el Derecho como parte de la superestructura jurídico-política es el reflejo de aquellas relaciones sociales que se dan en la misma base. La Ley es en esencia la voluntad de la clase dominante establecida en la ley, por lo que la Ley siempre responderá a los intereses económicos de la clase dominante como propietaria de los medios de producción, mientras que quien <vende> la fuerza de trabajo es vilmente explotado, porque le pagan una ínfima parte de su trabajo. Y así en e! En todo el mundo, los países económicamente poderosos imponen sus mandatos.
La ley regula la conducta que deben observar las personas en relación con la propiedad de los medios de producción, derecho civil; la conducta que debe observarse en el proceso de producción de la legislación laboral; en el intercambio, distribución y consumo del derecho comercial y del resto de las áreas del derecho que ninguna escapa a la conservación en sociedades antagónicas y al aumento de los privilegios de la propiedad privada y garantía de máxima explotación.
4.- Ciencia Política (Ciencias Políticas)
Considerada como el “arte de gobernar”, es la ciencia que estudia la lucha por la toma del poder, la lucha que se da al interior de la sociedad, el poder es el instrumento de carácter ideológico ejercido por los gobernantes que obedecen a los mandatos de la clase dominante. .
Su objeto de estudio es la “realidad política”, es una categoría analítica en la que el politólogo aplica las herramientas metodológicas para describir, explicar y realizar predicciones sobre los hechos y fenómenos políticos que la conforman. Actores socializados (individuales o grupales) siendo parte de esta realidad política; la estructuras de mediación (partidos políticos y grupos de interés); reglas formalizadas para la resolución pacífica de conflictos; las reglas no formalizadas sino implícitamente aceptadas; las ideologías, doctrinas, valores, creencias y opiniones dominantes; las instituciones (el Estado, la más importante); y el poder
En sí misma, la ciencia política estudia los mecanismos de la toma del poder y su ejercicio.
Política y Derecho Desde el principio fueron considerados como uno solo. La ciencia política es el estudio de la lucha por el poder, esa lucha que se desarrolla al interior de la sociedad, está ligada al Derecho porque éste, en sí mismo, es el medio por el cual la clase dominante manifiesta su poder en la lucha por mantener su hegemonía, mientras que los dominados luchas de clases para lograrlo, pero sin el apoyo de la Ley.
5.- Historia
Brevemente se puede definir como el conjunto del pasado forjado por el hombre en su actividad social.
En sí mismo, es el estudio del desarrollo de las sociedades a lo largo del tiempo, de cómo el hombre ha resuelto sus problemas y limitaciones,
qué ideas ha puesto en práctica para organizarse en sociedad, y cómo el hombre ha transformado su entorno para aprovechar experiencias y aplicarlos al presente. También se encarga de explicar las causas y consecuencias de los problemas y los avances que el hombre ha logrado hasta el momento presente, y de aprovechar la cantidad de conocimientos adquiridos para planificar acciones futuras que lleven a la sociedad a alcanzar mejores niveles de convivencia.
Historia y Derecho Desde la división de la sociedad en clases antagónicas y la aparición de la propiedad privada en la desintegración del régimen gentilicio, el Derecho ha estado íntimamente ligado a la Historia. Hasta hoy, la Historia ha registrado las diferentes contradicciones dentro de los diferentes modos de producción como motor del desarrollo de la sociedad, como afirmó Engels, por lo que la Historia es testigo fiel de las diversas formas de explotación social utilizando como instrumento el Derecho al ejercicio de la poder de la clase dominante en las diferentes etapas del desarrollo social.
6.- Computación
La informática es la disciplina que estudia el procesamiento automático de información mediante dispositivos electrónicos y sistemas informáticos. También se define como el procesamiento de información de forma automática.
En lo que hoy conocemos como informática, muchas de las técnicas y máquinas que el hombre ha desarrollado a lo largo de la historia se unen para apoyar y potenciar sus capacidades de memoria, pensamiento y comunicación.
Se refiere al conocimiento científico y técnico que posibilita el procesamiento automático de información por medio de computadoras. Los aspectos de la informática cubren todo, desde la programación y la arquitectura informática hasta la inteligencia artificial y la robótica.
El Derecho con la Computación La revolución informática le ha dado al Derecho la tarea de regular diferentes situaciones como: delitos informáticos, comercio electrónico, derechos de autor, propiedad de programas de software, entre muchas otras.
El Derecho Informático es el encargado de regular el tema de la informática. Podemos definirlo como: el conjunto de normas jurídicas que regulan la tecnología; diferenciándola de la informática aplicada al Derecho, que viene a ser el uso de la informática como herramienta tecnológica y elemento de apoyo en las tareas y fenómenos jurídicos.
7.- Antropología:
La antropología tiene dos características principales: dar una perspectiva holística (totalista) de los entornos donde ocurren ciertos fenómenos. Y, como segunda característica, hacerse valer en la visión de los demás sobre los hechos que se están analizando. La antropología es una ciencia social que es capaz de afrontar los diferentes argumentos que se pueden dar sobre determinados acontecimientos, así como mediarlos a través de sus métodos.Bibliografía
- (2007) Diccionario Jurídico Espasa, Editora Espasa Calpe. S.A.
- Capitán h. (1930) Vocabulario jurídico, Buenos Aires; despegar
- Román R. Rafael (2005) Guía de Investigación Jurídica, Santo Domingo, Los Talleres Santo Domingo, Servicio de Poda Occidente.
- Principio fundamental del derecho.
- Pyle, White Larson (1978) Principio fundamental de la contabilidad.
- Milles, Finner, CPA Michigan State University, Curso de Contabilidad, Introducción 1 nueva versión en español, tercera edición
- Kohler, eric L. (1979) “Diccionario para el contador” segunda edición México DF Pag. 209.
- JM Rosenberg. Centro Oceánico. Diccionario de Administración y Finanzas. Edición española.