CONCEPTO: El derecho inmobiliario estudia los diversos aspectos jurídicos que atañen a los bienes que la legislación civil considera como inmuebles. El derecho inmobiliario no es más que el conjunto de normas positivas que regulan el nacimiento, adquisición, modificación, transmisión y extinción de los derechos reales y su desmembración y gravámenes sobre bienes inmuebles.
El Derecho Inmobiliario es la rama del Derecho Propietario, con contenido especial, que regula todo lo relacionado con los bienes inmuebles. Esta regulación especial se caracteriza porque los actos y contratos que tengan por objeto dichos bienes son solemnes.
El derecho inmobiliario estudia los diferentes aspectos jurídicos que atañen a los bienes que la legislación civil considera como inmuebles.
El derecho inmobiliario es el área del derecho encargada de regir la compra, venta y uso de terrenos o cualquier tipo de inmueble. Es un conjunto de reglas y leyes que rigen cómo las personas pueden y deben adquirir propiedades y qué pueden hacer con la propiedad que poseen.
El derecho inmobiliario en República Dominicana se basa en varios aspectos fundamentales como son:
- La Constitución,
- el Código Civil,
- Ley 108-05 sobre Registro de Bienes Inmuebles y
- otras leyes y reglamentos.
La Constitución: El Estado debe promover el acceso a la propiedad, especialmente a los inmuebles titulados.
El Código Civil
establece que la propiedad de un inmueble da derechos sobre todo lo que éste produce y sobre lo que se le añade como accesorio.
En este sentido, las disposiciones contenidas en el artículo 1315 del Código Civil establecen que toda persona que acuda a juicio a reclamar el cumplimiento de una obligación deberá probar su pretensión, y asimismo, quien se considere liberado deberá justificar la extinción sobrevenida con motivo del pago de esa obligación.
Ley 108-05
Es la Ley de Registro de Bienes Inmuebles de la República Dominicana. Esta ley regula el registro de derechos, cargas y gravámenes sobre bienes inmuebles en el país.
Esta ley se denomina “Ley de Registro Inmobiliario” y tiene por objeto regular la liquidación y registro de todos los derechos inmobiliarios, así como las cargas y gravámenes susceptibles de inscripción en relación con los bienes inmuebles que conforman el territorio de la República Dominicana.
La Ley 108-05 sobre Registro de Bienes Inmuebles regula la consolidación y registro de derechos sobre bienes inmuebles en la República Dominicana. También regula las cargas y gravámenes que pueden inscribirse sobre bienes inmuebles.
El Reglamento Inmobiliario
Es una norma que complementa la ley y regula el funcionamiento de los órganos administrativos creados en ella.- Reglamento General de Registros de Títulos
- Reglamento General de los Juzgados de Jurisdicción Inmobiliaria
- Reglamento General de Levantamientos Catastrales
- Reglamento de Regularización y Deslinde de Parcelas
La propiedad tiene una función social que implica obligación
Características del derecho inmobiliario
Las principales características de esta ley son:
Las principales características de esta ley son:
- Es un derecho privado, es decir, afecta a las relaciones entre personas naturales o jurídicas sin interés público en el mismo.
- Sus reglas son dispositivas, es decir, pueden ser modificadas.
- Su objeto exclusivo son los bienes inmuebles, por lo que los bienes muebles están regulados en el código civil.
- No existe un código jurídico inmobiliario específico, sino una recopilación de las normas establecidas en el derecho civil que afectan a este tipo de inmuebles.
- El registro de la propiedad es muy importante para este derecho.
Para entender mejor este derecho vamos a ver qué son los bienes inmuebles, los derechos reales y los impuestos inmobiliarios, ya que son el objeto de la regulación de este derecho.
Tipos de bienes inmuebles
Los tipos de bienes inmuebles son los siguientes: Por constitución: edificios y casas.
Bienes inmuebles por naturaleza: parcelas.
- Bienes inmuebles por analogía: hipotecas.
- Por representación: titularidad registrada del inmueble.
- Bienes inmuebles por accesión: Son bienes que son intrínsecos al inmueble pero que, separados de él, pasarían a ser considerados bienes muebles. Un ejemplo son las puertas de una vivienda, que se consideran bienes inmuebles cuando están incorporadas a la vivienda, pero, si no están instaladas, serían bienes muebles.
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