Introducción
La
conducta del hombre como todos sabemos, desde tiempos remotos siempre ha
preocupado a los estudiosos y siempre ha sido de estudio y críticas. De ahí es
que intervienen las Escuelas Jurídico Penales, según Jiménez de Asua, los
términos de causal - explicativos, normativos y aplicativos provienen del
estudio de la naturaleza de la conducta humana.
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Los
comportamientos que están basados o regulados en las normas legales, son los
que estudia la ciencia normativa; y su campo de estudio es menos amplio que el
de la ciencia causal-explicativa porque no pasan del marco normativo.
Por
último tenemos las ciencias aplicativas que son un conjunto de técnicas, que
utilizan el material científico de que las otras ciencias aportan, para ayudar
al desenvolvimiento de las interrogantes que en ellas se podrían plantear.
Tenemos
que la criminología nos ayuda a estudiar el delito, sin que esto signifique que
este sea de objeto exclusivo de estudio de la criminología. La ciencia causal -
explicativa trataría de explicar al delito en sus orígenes y desarrollo dentro
de la sociedad que lo produce; La ciencia normativa estudiaría los modelos de
comportamiento humano que la ley describe como delito y todas las sanciones que
se podrían aplicar para cada comportamiento establecido y la ciencia aplicativa
se ocuparía en indagar las circunstancias temporal - espaciales, instrumentales
y personales en que se realizó el hecho punible.
Así
tenemos que la criminología es una ciencia causal - explicativa, el derecho
penal es una ciencia normativa y la criminalística es una ciencia aplicativa.
Historia de la criminología.
La
lucha del delito y la preocupación científica de este fueron objetivos que las
ciencias normativas trataron alcanzar y se dio durante la antigüedad y la edad
media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas que ilustres
filósofos de la época dieron su opinión al respecto del problema de los
delincuentes y el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar
algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a HESIODO, PITAGORAS, HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES.
Lo que si falto en esta época fue el sentido científico realista que es un
presupuesto para la investigación criminología, por falta de este sentido
científico realista no se pudo coleccionar sistemáticamente las experiencias.
Tenemos
que las bases de la filosofía del derecho penal dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso lo mismo que a la
anterior, solo que esta se dio en la época medieval. Damos comienzo en la edad
moderna, estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera intensidad solo
en el siglo XIX, es aquí que los fenómenos reales entran en investigación,
estos fenómenos abarcaban tanto el plano físico y psíquico que están en
conexión con el delito.
En
estas ilustraciones tuvo su mejor influencia la obra del jurista milanés CESARE BECCARIA, Trattato dei delitti e
delle pene, 1764; En alemán: Uber Verbrechen und strafen, 1870; [En español hay
varias traducciones: la primera de 1774; otras en 1820, 1821, 1822, 1851, 1879
(por PASCUAL VICENT, siguiendo la
versión de 1862, de CESAR CANTU: De
los delitos y de las penas), 1945 (Buenos Aires)].
La
criminología, como podemos observar no se exterioriza de una manera
independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas
de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas
piezas dispersas y con ello se desarrolla una disciplina propia, llamada
criminología.
Ahora
como ramas más importante de la criminología podemos mencionar: Las
investigaciones médicas, con importancia en la Medicina Legal; La Antropología,
Psiquiatría, Biología hereditaria, de las llamadas Psicología médica y de la
caracterología.
Ya
en la antigüedad se ocuparon los médicos de cuestiones medico legales aisladas
y fueron llamados n algunos casos como expertos. En 1249 se tomó juramento s H.
v. LUCCA en Bolonia para la redacción de dictámenes medico legales y B. de
VARIGNANA (muerto en 1318) practico la primera autopsia para la comprobación de
un envenenamiento.
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Tenemos
por ejemplo a MOREL, que con investigaciones propias, hizo reflexiones como las
de LOMBROSO pero con la diferencia que se permaneció en la oscuridad. También,
llevado por la fuerte intensión político - criminal, JEREMIAS BENTHAN, propuso
reformas al sistema legal y penal inglés, mientras su compañero de ciencia,
HOWAR con su obra States of Prisons in England and Wales de 1777, impulso a los
movimientos de reformas. (El Estado de las prisiones en Inglaterra y Gales).
Los
intentos de implicar al hombre en la criminología científica era la primordial
importancia de esta. Como ejemplo de estos intentos tenemos a LAVATER, con sus
primeras publicaciones el 1775 de Fisonomía y los trabajos de GALL cuya obra
principal apareció en 1882, llamada Les fonctions du cerveau (Las funciones del
cerebro). GALL es señalado como el verdadero fundador de la antropología
criminal, el cual anteriormente se ocupó de la Frenología, a la cual se le
aplico el medio de prisiones Lauvergne en 1841.
El
crimen era una determinada forma de degeneración hereditaria en el individuo o
incluso en su familia, esta teoría está apoyada por MOREL.
Los
cráneos de los criminales tenían particularidades, y estas fueron halladas por
el neurólogo y patólogo BROCA. En 1869 se hizo investigaciones sobre 464
cráneos de criminales las cuales las hizo WILSON, y el médico de prisión
escocés THOMSOM en 1870 publicó en el Journal of Mental Science el resultado de
sus observaciones sobre más de 5,000 presos.
La
tesis de la locura moral (Schwachsinn), fue publicada por PRICHARD en 1835.
NICOLSON entre 1873 y 1875 publico sus trabajos sobre la vida psíquica del
criminal y su tendencia a la locura, imbecilidad y ausencia de sensibilidad.
Otros que proporcionaron fundamento para la doctrina de LOMBROSO fueron obras
como las de P. J. CABANIS, Ph. PINEL, ESQUIROL, GRIESINGER, J. J. MOREAU de
TOUR y sobre todo, MOREL, quienes entre otros se ocuparon de los problemas de
la psiquiatría forense.
GUERRY
para el estudio de la criminalista partió de unos principios completamente
distintos a los conocidos. Fue en 1833 en su obra ESSAI SUR LA STATISTIQUE
MORALE DE LA FRANCE y en la principal de QUETELET, SUR L'HOMME ET LE DE
VELOPPEMENT DE LA FACULTES OU ESSAI DE PHAYSIQUE SOCIALE, 1836. Por parte de
Alemania VON MAYR, fue conocido particularmente con su obra Estadística de la
Policía Judicial en el Reino de Baviera, dada esta obra en el ano de 1867, y su
posterior obra llamada la regularidad en la vida social, en 1877.
Tenemos
que las ciencias del espíritu eran las que dominaban, la toma de posición ante
hechos criminológicos, aunque también se dio el caso que en los cien años
anteriores a LOMBROSO también se daba una importancia, aunque de una manera
menos expresiva de la toma de posición de los hechos criminológicos, pero con
aspiraciones por un camino Empírico. Gracias a los investigadores de
Antropología Médica, Psiquiatría, como Psicología Temprana y Sociología, se
ocuparon de los planteamientos criminológicos.
En
la sociedad siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y esto le
concierne a la criminología, buscando la delincuencia juvenil y las causas del
delito. Hasta llegar a la teoría de que las interrelaciones de las personas,
grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son las principales causas de
que se cometa un delito.
Como
decíamos anteriormente en la antigüedad se pensaba que el delito, se le
atribuían a los defectos físicos y mentales y que era el producto de los rasgos
hereditarios. Pero no hay de qué preocuparse puesto que tales afirmaciones hoy
en día no son tomadas como positivas sino más bien son rechazadas. Llegada a
esta conclusión porque el delito, porque el delito se aprende y no se hereda.
Las explicaciones sociológicas son las que se oponen a la creencia del delito
hereditario.
La
criminología es una ciencia muy nueva y d la cual podemos ver que se basa en
dos áreas de búsquedas, que son distintas pero están relacionadas entre sí, la
primera está el estudio de la naturaleza del delito dentro de la sociedad y la
segunda es el estudio de los delincuentes desde un punto de vista psicológico.
Ambas de estas teorías son más descriptivas que analíticas.
Los
eruditos de la materia estudian el comportamiento humano desde una perspectiva
clínica y sino desde una perspectiva legalistica por esa razón es una ciencia
que no es exacta. La ley utilizando estas perspectiva llegan a la conclusiones
que conductas son criminales y cuáles no, de allí es que los científicos tratan
de formular sus razones de porque ciertas personas violan la ley.
De
acuerdo con las creencias y sus necesidades, hablando de la sociedad, podríamos
decir que es legal o ilegal. Aunque tenemos que el código penal posee nociones
firmes del mal y del bien, observando que no todo lo malo en sentido moral es
criminal y algunos actos que por lo general no se consideran malos pueden ser
penalizados.
Se
ha llegado a comparar el estudio d un delito con el de la moda o hasta con algo
mucho más siniestro como por ejemplo el poder económico. Pero hay que tener en
cuenta que dependiendo de los diferentes comportamientos, así serán las
diferentes causas del delito.
En
Hispanoamérica, podemos mencionar como gran un gran criminólogo a JOSE INGENIEROS, puesto que fue el
primero en Hispanoamérica. También en Cuba se han impreso libros de
criminología, aunque su valor científico sea escaso podemos mencionar a RICARDO A. OXAMENDI y el de J. MORALES COELLO.
Bueno,
después del congreso de criminología celebrado en París en el año 1950,
proliferan los libros de criminología en estos países con características
apuntadas, teniendo en cuenta que son en realidad la transcripción de los
libros de otros autores. Pero aún falta para que la verdadera criminología del
hombre hispanoamericano se haga, pero tenemos que anunciar a LUIS CARLOS PEREZ,
utiliza datos sobre la criminalidad de menores y mujeres en Colombia, de los
bolivianos, HUARCAR CAJIAS, que divide su obra en una sección d biología
criminal y sociología criminal y HUGO CESAR CADIMA que hasta ahora solo tiene
en su primer tomo la introducción y la antropología criminal; y el muy conocido
profesor venezolano JOSE RAFAEL MENDOSA,
que expuso un libro con gran mérito expositivo.
Para
una mejor comprensión de la criminología entraremos al estudio de las escuelas
jurídico penales, puesto que los conceptos puramente jurídicos van entrelazados
con los criminológicos y de allí se parte del análisis de los problemas
normativos.
Para
JIMENES DE ASUA, las escuelas jurídico penales son: "EL CUERPO ORGANICO DE
CONCEPCIONES CONTRAPUESTAS SOBRE LA LEGITIMIDAD DEL DERECHO DE PENSAR SOBRE LA
NATURALEZA DEL DELITO Y SOBRE EL FIN DE LAS SANCIONES".
El
rápido desarrollo de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se debió a
las continuas confrontaciones, algunas de violencia, de las diversas escuelas
jurídico penales.
Unos
de los avances más importante que se obtuvo de la lucha de las escuelas
jurídico -penales consistió en la delimitación de los campos, en la precisión
de métodos y en la colaboración entre profesionales, puesto que anteriormente
trabajaban dispersos.
SAINZ
CANTERO nos define escuela jurídico penales en un sentido más amplio "LA DIRECCIÓN DE PENSAMIENTO QUE TIENE UNA DETERMINADA DIRECCIÓN, TRABAJA CON UN MÉTODO PECULIAR Y RESPONDE A UNOS DETERMINADOS PRESUPUESTOS FILOSÓFICOS-PENALES".
Una
de las corrientes que están actualmente en desprestigio es las
"jurídico-criminológica" que pretende hacer de la criminología una
ciencia auxiliar, que se dediquen a estudiar dogmas y códigos penales.
La escuela
clásica
En
los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, como por ejemplo los
mercaderes, banqueros y los hombres de negocio (los burgueses), llamada esta
época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento
racional fueron causas que hizo que la Ética Protestante despertara para que
las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios
en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las
normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se
dieron cuenta que el hombre a través de la razón experimento los dolores y
placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad
divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que
se exigió que siguiera los dictados de la razón.
La
reforma clásica tuvo sus inicios en la última mitad del siglo XVIII en
Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en
adelante. Teniendo en cuenta que lo más importante es que la Escuela Clásica no
existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO
FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y
posteriores a BECCARIA.
BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de Delitos
y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 años de
edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley,
Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y
no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se
pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por
último el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para
minimizar el delito.
Podemos
decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y
la injusticia que el derecho penal representaba, procuro la humanizaron por
medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y
de la limitación al poder absoluto del Estado.
Al
hablar de los representantes de la Escuela Clásica todos estamos de acuerdo con
que fue gracias a BECCARIA, sentando los principios de esta gran corriente el
"DIVINO MARQUEZ". BETHAM, aportó con su obra "TEORÍA DE LAS
PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS" escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con "GÉNESIS DEL DIRITTO PENALE" en 1837.
El
profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus pensamientos
políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue
el, profesor PELLEGRINO ROSSI (1787 - 1848).
ROSSI consideraba que existía un orden moral que todos los
seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes
debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos
para vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio
para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y
obligaciones.
Otro
ilustre representante tenemos a GIOVANNI CARMIGNANI, que nos trata de explicar
que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se
hace con el ánimo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro
no se realice otros delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor
de Pisa, y en sus El menta iuris criminalis hace la necesidad del orden social
como la fuente y de la ley moral como el límite.
Hay
otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero
no niega que todo hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual,
para ROSINI el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la
justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra
Filosofía del Diritto escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.
Dentro
de los escritores clásicos más destacados tenemos a FRANCISCO CARRARA (1805 -
1888), que en 1859 escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su
verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan importantes porque cuando
se hace referencia a la Escuela Clásica son las doctrinas de CARRARA las que se
someten a exámenes.
CARRARA,
nos confiesa "NO ME OCUPO DE CUESTIONES FILOSOFICAS: PRESUPONGO ACEPTADA
LA DOCTRINA DEL LIBRE ARBITRIO Y DE LA IMPUTABILIDAD MORAL DEL HOMBRE, Y SOBRE
ESTA BASE EDIFICADA LA CIENCIA CRIMINAL, QUE MAL SE CONSTRUIRIA SIN
AQUELLA".
Según
CARRARA delito es "LA INFRACCION DE LA LEY DEL ESTADO, PROMULGADA PARA
PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL
HOMBRE, POSITIVO O NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE O POLÍTICAMENTE ENGAÑOSO".
No
tenemos que olvidar a otros autores que dieron luz y brillo a la Escuela
Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI,
PESSINA, MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y TYSSOT.
Esta
Escuela Clásica tiene por postulados:
1. El encontrar sus bases filosóficas en el Derecho
Natural.
2. Un respeto absoluto al principio de legalidad.
3. Ver al delito como un ente jurídico y no como un
ente filosófico.
4. El libre albedrío.
5. La aplicación de las penas a los individuos
moralmente responsables.
6. Los que carezcan de libre albedrío como por ejemplo
los locos y los niños quedan excluidos del Derecho.
7. La pena es la retribución que se hace al criminal
por el mal que hizo en la sociedad.
8. La retribución debe ser exacta.
"LAS
PENAS SON SANCIONES AFLICTIVAS DETERMINADAS, CIERTAS, EJEMPLARES,
PROPORCIONALES, DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS DE PUBLICIDAD, CERTEZA, PRONTITUD,
FRACCIONABILIDAD Y REPARABILIDAD, Y EN SU EJECUCIÓN DEBEN SER CORRECTIVAS,
INMUTABLE E IMPRORROGABLES".
La
finalidad de la pena es restablecer el orden social externo que ha sido roto
por el delincuente.
El
Derecho de castigar pertenece al Estado título de tutela jurídica.
El
Derecho Penal es garantía de libertad, ya que asegura la seguridad jurídica
ante la autoridad.
Se
considera que el método debe ser:
- lógico-abstracto,
- silogístico y
- deductivo.
La escuela
positiva
Esta
es todo lo contrario a la Escuela Clásica, la Escuela Positiva si tuvo una
existencia real, con un grupo de juristas que retaron a otros juristas del
campo para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de
LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una doctrina.
FERRI
nos dice que "LA ESCUELA POSITIVA CONSISTE EN LO SIGUIENTE: ESTUDIAR AL
DELITO, PRIMERO EN SU GÉNESIS NATURAL, Y DESPUÉS EN SUS EFECTOS JURÍDICOS, PARA
ADAPTAR JURÍDICAMENTE A LAS VARIAS CAUSAS QUE LO PRODUCEN LOS DIVERSOS
REMEDIOS, QUE POR CONSIGUIENTES SERÁN EFICACES"
Debido
a los excesos de la Escuela Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió al
abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias de
haber de haber agotado la problemática jurídico-penal.
El
principal medio de difusión de esta escuela fue la revista "Archivi di
psichiatria, scienze penali e antropología criminal". La vida de esta
escuela ha sido agitada y fecunda, llena de aciertos y de errores también, así
como ha tenido muchos que la apoyan también están los que la contradicen.
Otro
conocimiento que FERRI nos explica es: "La escuela criminal positiva no
consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye
una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio
de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los
remedios sociales y jurídico que nos ofrece. la ciencia de los delitos y de las
penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por la fuerza
exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una ciencia
de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la
estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios
penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo
sociología criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al
estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a
la ciencia criminal clásica el soplo vivificador de las ultimas e irrefragables
conquistas hechas por la ciencia del hombre y de la sociedad, renovada por las
doctrinas evolucionistas".
Dentro
de los representantes e esta escuela, tenemos a LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que sean todos
sino que con ellos son con los cuales se marca el principio de una corriente
que llegaría con fuerza hasta nuestros días.
Los postulados de esta escuela son:
1. La Escuela Positiva se caracteriza por su método
científico.
·
El delito es un
hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.
·
Su determinismo,
es totalmente determinista esta escuela.
·
Sustituye la
responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive
en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.
·
El hecho de que
si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden quedar excluidos
del derecho.
·
El concepto de
Pena se sustituye por el de sanción.
·
La sanción va de
acuerdo a la peligrosidad del criminal.
·
Estas deben
durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración
indeterminada.
·
La ley penal no
restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la
criminalidad considerada como fenómeno social.
·
El derecho a
imponer sanciones pertenece al Estado a título de defensa social.
·
Más importante
que las penas son los substitutivos penales.
·
Se acepta
"tipos" criminales.
·
La legislación
penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.
·
El método es
inductivo - experimental.
Inteligencia y
delincuencia
HARRY
GODLAND, indico que la incapacidad mental es la principal causa única de la
criminalidad. GODLAND, realizo un estudio entre los años 10 y 1914 dentro de
los cuales, estudio a 150 mil reclusos condenados. Y encontró que un 50% de
estos tenía deficiencia mental.
Los postulados de esta Teoría son:
1. El débil mental sería un tipo de delincuente.
2. Las personas nacen débil mental o con una
inteligencia normal.
3. En la mayoría de las ocasiones estas personas
conocen los delitos peligrosos de asalto y los delitos sexuales.
4. Los débiles mentales cometen estos delitos por la
falta de los factores inhibitorios sociales; sobre todo este no puede
exteriorizar los que esta descrito como bueno o como malo.
5. No tienen la
capacidad de prever la consecuencia de sus actos y por lo tanto la amenaza
penal no tiene efecto sobre esta clase de individuo.
6. Son personas
muy sugestionables y cualquier criminal más inteligente que él lo puede llevar
a cometer un delito.
7. Por ser débil mental, en los barrios donde existe
una criminalidad alta, lo hace por imitación.
Los
inteligentes tienen la capacidad para ocultar la criminalidad pero los débiles
mentales carecen de ella.
Teoría
de la sexualidad de los niños y psicoanálisis (Sigmund Freud)
La
teoría de la sexualidad de los niños fue entendida cuando se desarrolló la
teoría de la sexualidad humana. Donde dice que hay un "yo" un
"ello" y un "super-ello". El ego viene de la realidad pero
se relaciona con el ello y el super-ello. Según esto, muestra nuestras
relaciones infantiles con nuestros padres. Vivimos del pasado, puesto que somos
susceptibles a este ya que la niñez influye en nuestra vida adulta. Sin embargo
ofrece una libertad de esclavitud infantil del pasado pero debemos tratar de
salvar el yo individual de nuestras fuerzas salvajes y de la sociedad.
La
explicación de la teoría: Tenemos que el ser humano en su comienzo fue o era
solo instinto, de allí él va creando otros instintos psíquicos; el
"ello" (ID) lo más primitivo y el "yo" (ego) creado
después, sobre la base que primero solo éramos animales y después se desarrolló,
pero nunca se dejó de tener instintos solo que lo teníamos en forma
inconsciente.
Hay
otra instancia psíquica que se confunde con el "yo" y el
"ahora", que es el punto del momento del "ya" y el
"ahora".
El
"yo" se relaciona con la voluntad pero a lo interno, pero tiene otra
instancia psíquica que es el "súper yo" que es formado desde que el
niño nace y es sometido a la autoridad de sus padres primero, y después por
otras personas. Allí podemos encontrar las reglas y pautas de lo bueno, lo que
se debe hacer y lo malo, lo que no se debe hacer.
En
lo interno del "yo" donde está la memoria y el "súper-ego",
se puede llegar a la conciencia. Es decir que al preconsciente, donde solo se
logra llegar con el psicoanálisis u el inconsciente.
Tanto
los principios que están en el "ello" y las normas el "súper-ello"
como nuestra conciencia y las exigencias del mundo exterior, se da la
influencia en la conducta humana que es la realidad de un proceso complejo.
La
fuerza que lleva el instinto es la LIBIDO, que es placer físico, que FREUD lo
llama placer sexual y nos plantea que el ser humano desde el momento que nace
tiene experiencia sexual. Las cuales se muestran en tres fases:
a) la fase moral,
b) la fase de agresión y
c) la fase fáctica.
a) la fase moral,
b) la fase de agresión y
c) la fase fáctica.
Los
sueños son el mensaje del subconsciente, este expresa siempre la realización de
un deseo, si estos sueños producen angustias las personas se despiertan a
manera de protección y estas angustias afectan al desarrollo de las personas.
El sueño es el resultante de un compromiso entre las ideas del yo y las ideas
latentes que se expresan en el sueño.
La
explicación de la criminalidad, dice que los delincuentes carecen de "súper-ego",
pero esto es ilógico ya que si alguien tuviera solo instinto actuaría como
animal y sería imposible vivir con él. Más adelante se realiza otro
planteamiento, que dice que el problema de la criminalidad, se da por
deficiencia, producto del "súper-ego", la cual se da por una
deficiencia educativa. Ese niño al crecer no podrá formar un "súper-yo"
adecuado y esta instancia no cumplirá su función.
Hoy
en día es considerada la sexualidad como algo normal gracias a FREUD.
Criminología
clínica
BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las conductas
antisociales y criminales basadas en la observancia y el análisis profundo de
casos individuales, normales, anormales o patológicos. Esta corriente intenta
dar una explicación integral a cada caso, considerando al ser humano como una
entidad biológica, psicológica, social y moral. Se dice que proviene de
LOMBROSO. Sus antecesores son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO
GINER, Madrid en 1899 y DE LOS RIOS, Buenos Aires en 1907.
Se
le denomina Criminología Clínica porque proviene del griego CLINE: Lecho, cama.
El médico clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar, pronosticar al
paciente en la cama. Estos son los grandes objetivos de la criminología
clínica.
La
premisa es la de que la conducta humana está condicionada por múltiples
factores biológicos, psicológicos y sociales. Hay que averiguar en cada caso,
cuáles de estas circunstancias hacen que la persona cometa un delito.
Dentro de los
métodos tenemos:
1. Entendimiento directo con el delincuente.
2. Examen médico.
3. Examen psicológico para obtener datos sobre la
personalidad del individuo.
4. Encuesta social en donde el trabajador social
investiga el medio en que se desarrolló la persona.
El
trabajo clínico debe ser interdisciplinario, en términos generales se ha vinculado
con el funcionamiento de las prisiones. Este trabajo da respuesta al que hacer
con el individuo, realizado así el diagnostico pronostico y tratamiento.
La
peligrosidad es un concepto clave de la escuela clínica, que se basa en el
supuesto (que causa llevar a la persona al delito) se puede determinar si los
va a seguir cometiendo y en qué medida. Este concepto tiene dos aspectos:
a) La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de delito
que puede cometer el criminal.
b) Adaptabilidad: La capacidad de adaptación al medio
en que vive.
La
escuela clínica trata de analizar al delito para establecer un diagnóstico, pronóstico
y tratamiento. Este es el central de esta escuela.
Un
diagnostico se utiliza para determinar el grado de peligrosidad de un
individuo, entrando en jugo los dos aspectos antes mencionados. Lo más
importante es el paso al acto y existe cuatro fases importantes:
- Consentimiento Mitigante: Concibe y no rechaza la posibilidad del delito del delincuente.
- Consentimiento Formulado: Donde la persona decide cometer el delito.
- Estado de Peligro.
- Paso al Acto: La comisión del delito.
SUTHRERLAND,
elaboró en la criminología clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió:
"Es un delito cometido por una persona de respetabilidad y estrato social
alto en el curso de su ocupación".
Las
conclusiones:
- La delincuencia de las empresas y los ladrones de cuello blanco son reincidentes.
- Tiene miedo a la denuncia.
- Los hombres de negocios expresan el mismo despreció a la ley que los otros.
- Son crímenes bien organizados. A diferencia del ladrón común, el de cuello blanco no se ve como delincuente.
- Expresa públicamente adhesión a la ley, aunque en privado la viole.
- Es un delito oculto, Una manera de lograr la imputabilidad es a través de expertos abogados.
- En términos históricos se dio cuenta que muchas de las grandes fortunas se deben a, la practica ilícita.
Esta
investigación de SUTHERLAND cambia toda la criminología, ya que como
frecuentemente se decía que el delito debía explicarse con los problemas
psicológicos y no es así. Además la criminología no se basa, ni en dinero ni en
promesa. Concluye señalando que hay que incluir a las clases medias y altas en
el fenómeno de la criminología.
La teoría del
aprendizaje
Pasan
a un rígido plano, las consecuencias biológicas para centrarse en las
experiencias que tiene el individuo y por lo tanto para entender la
criminalidad, hay que ver la criminalidad que rodea la persona.
CHRISTIE,
realizó un experimento para confirmar una hipótesis que se dio en Noruega a
final de la segunda guerra mundial. En 1942 se llevan a Noruega prisioneros de
distintas nacionalidades y los ponen en cárceles con carceleros noruegos, más
de la mitad murieron por causa del hambre y la tortura en menos de un ano. Los
torturaron porque entre el carcelero y los prisioneros no existían una relación
afectiva.
En
1952 CHRISTIE, hace una investigación sobre estos carceleros para determinar su
conducta, encontrando los resultados de:
a) En las características personales entre guardia
torturador y no torturador no existía gran diferencia.
b) Todos los
guardias tenían características comunes a todo el resto de la población en
Noruega.
Las
características del grupo de los prisioneros eran:
a) El hambre extrema daba por resultado que cualquier
cortada o herida despidiera un mal olor.
b) Esto causaba
alteraciones en la conducta, por lo que hacía que los carceleros vieran a los
prisioneros como personas de carácter no humano y por eso los torturaban.
En
conclusión tenemos la posibilidad de actuar con crueldad, sin considerarse
asesinos. Pero de esta consideración de que no había diferencia entre
torturadores y no torturadores se hizo el experimento en donde se intentó ver
la obediencia a la autoridad bajo la responsabilidad de otra persona, es decir
muchas personas son capaces de hacerle daño a otra, siempre y cuando ese daño
no se defina como prohibido, perjudicial o dañino.
La escuela
ecléctica
Esta
escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela
Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino
la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la
escuela Clásica y Positiva está en que estas tenían una serie de normas que si
no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi
perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas
o esquemas monolíticos y crear algo diferente.
El
presupuesto operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela
clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el concepto
de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la
introducción del concepto situación en la responsabilidad individual, la
escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva,
dicha disminución por razones objetivas.
La
integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran
madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias,
porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la
criminología empezaba sus primeros pasos.
Escuela social
Está
apoyada por el filósofo DURKHEIM, esta escuela no tiene su fundamento en el
contrato sino en la dialéctica. Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en
especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicología con Tarde.
Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades
tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo
de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal".
Para
la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y
la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato.
La
responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las
fuerzas sociales. Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y
tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.
Tratándose
del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un
enfoque sociológico., la patología se desplaza del campo individual al social.
Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la
medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos, desde luego la
lista de factores subjetivos la amplia, y a más de esto, no solo reconoce la
atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir
la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la
distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico.
La
clasificación de delito y delincuente. Esta escuela nos dice que es normal,
quedando a salvo la anormalidad biológica y psicología del delincuente. Tiene
una interpretación legal sicosociojurídica. Esta escuela permite un fuerte
avance de la criminología, y con el favorece la maduración de la misma hacia
una ulterior integración, todavía inexistente, con el derecho penal.
El
mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de
"función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el
mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de
la sociedad. Este concepto de función social a su vez introdujo cambios de la
mayor importancia en el derecho privado y en el derecho público, por ejemplo,
con las figuras del abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y
dio comienzo a la eliminación de la arraigada separación tajante entre lo
privado y lo público, división sobre la cual se basan todos los sistemas
jurídicos.
Escuela
anómmica
Su
fundamento teórico está basado en la anomía, situación en la cual el desarrollo
social desborda al control institucional. El presupuesto operandi está
fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue
la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a
socializarla.
La
finalidad del sistema jurídico está basada en el hallazgo del nivel natural en
la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero
no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en las estadísticas de
criminalidad. Desde luego la escuela anomica no hace caso omiso de la
motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su
principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no está en
el individuo sino en la sociedad.
Al
centrar el foco eruptivo de la delincuencia en la sociedad y no en el
individuo, la medición punitiva en si pierde importancia pues resulta de poca
utilidad en el tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente dentro de
rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en
derredor de la facultad punitiva.
EL
principal aporte fue el punto víctima de las peores críticas y rechazos:
interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada
en las cifras policiales de criminalidad.
Escuela
ecológica
Su
fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no
contractual. El presupuesto operandi está basado en la desigualdad material y
muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se
convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio biótico-social es la
finalidad del sistema jurídico.
El
principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chícago y producto de
las inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la
delincuencia de la mafia.
La
criminalidad y el sexo
Según
Quetelet hizo notar que entre la
criminalidad de los varones y la de las mujeres había la proporción de cinco a
uno. Los estudios posteriores han confirmado el predominio masculino en el
campo criminal. Admitidas las cifras, surge la necesidad de explicar las causas
para tan grande disparidad de conducta, y eso nos lleva de la mano a investigar
las circunstancias biológicas, psíquicas y sociales que caracterizan a cada
sexo y determinan su manera de obrar.
Debemos
explicar no sólo por qué la mujer delinque menos, sino también porque se
inclina hacia ciertos tipos de delitos y se aleja de otros.
Por qué el sexo interesa a la criminología:
Por
las siguientes razones:
1) Porque se vincula íntimamente con delitos sexuales.
2) Porque se asocia frecuentemente con el vicio y el
delito prostitución, corrupción de menores, encubrimiento, expendio de drogas,
juego, etc.