jueves, 11 de abril de 2013

Requisito para ser Juez

Todo aspirante a juez debe someterse a un concurso público de méritos mediante el sistema de ingreso a la Escuela Nacional de la Judicatura que al efecto establezca la ley y haber aprobado satisfactoriamente el programa de formación de dicha Escuela. Sólo estarán exentos de estos requisitos los miembros de la Suprema Corte de Justicia que sean de libre elección.
Requisitos generales según la Constitución
Para ser juez se requiere:
1) Ser dominicano o dominicana;
2) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos;
3) Ser licenciado o doctor en Derecho;

Requisitos específicos según la Constitución
Jueces de la Suprema Corte de Justicia
Haber ejercido durante por lo menos doce (12) años la profesión de abogado, la docencia universitaria del derecho o haber desempeñado, por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de representante del Ministerio Público. Estos períodos podrán acumularse.

Jueces de las Cortes de Apelación
Pertenecer a la carrera judicial y haberse desempeñado como juez de Primera Instancia durante el tiempo que determine la ley.
Jueces de los Juzgados de Primera Instancia
Pertenecer a la carrera judicial y haberse desempeñado como Juez de Paz durante el tiempo que determine la ley.
Además de la Constitución de la República, la Ley número 327-98, del 11 de agosto de 1998, sobre Carrera Judicial, su reglamento de aplicación y la Resolución número 1960/08, del 19 de junio de 2008, sobre el Sistema de Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos Judiciales establecen otros requisitos para ser jueces:

* Tener por lo menos dos (2) años de haber obtenido el exequátur.
* No haber sido condenado a pena aflictiva o infamante;
* Aprobar los programas de capacitación teórica y práctica que dicte la Escuela Nacional de la Judicatura.




ACTO AUTENTICO DE DETERMINACIÓN DE HEREDEROS


ACTO AUTENTICO DE DETERMINACIÓN DE HEREDEROS


ACTO NUMERO___________

En la ciudad de (...), República Dominicana, hoy día (...) del mes de (...) del año (...). POR ANTE MI, (...), Abogado(a), Notario Público de los del Número para el municipio de (...), dominicano, mayor de edad, con cédula de identificación personal número (...), con estudio abierto en esta ciudad en(...) HAN COMPARECIDO libres y voluntariamente los señores:---

1.- (...)
2.- (...)
3.- (...)
4.- (...)
5.- (...)
6.- (...)
7.- (...)

Y ME HAN EXPRESADO Y DECLARADO en forma voluntaria y por separado BAJO LA FE DEL JURAMENTO, el cual han prestado por ante mí, lo siguiente:

PRIMERO: Que desde hace muchos años conocieron y trataron personalmente a(...) quien residió por muchos años en (...) habiendo contraído matrimonio con (...)   en fecha (...) del mes de (...) del año (...), procreando dentro de dicho matrimonio el (los) siguiente(s) hijo(s):  (...)

SEGUNDO: Que por razones lógicas y jurídicas, los comparecientes, libres y voluntariamente declaran que los únicos HEREDEROS CON VOCACION HEREDITARIA para suceder a (...)son:

1.-(...) en su calidad de(...)

2.-(...) en su calidad de(...)

3.- (...) en su calidad de(...)

EL NOTARIO infrascrito CERTIFICA Y DA FE que ha tenido a la vista los siguientes documentos, los cuales protocoliza junto al presente acto, en el archivo de Actos Auténticos correspondientes a este año (...):

1.- Acta de defunción de (...)

2.- Acta de Matrimonio de los señores (...)

3.- Actas de Nacimientos de los señores (...)

4.- Acto bajo firma privada fechado (...)  del mes (...)del año (...), legalizadas las firmas por Notario Público (...), contentivo de AUTORIZACION dada por los señores (...)  para que realice todo lo relacionado con el retiro de fondos del Banco (...), propiedad de la sucesión (...).

ASI TUVO LUGAR en mi estudio y así lo dijeron y otorgaron los comparecientes, en testimonio de lo que antecede se redacta el presente acto, al cual le ha dado lectura en alta voz a los comparecientes, quienes después de encontrarlo conforme, proceden a firmarlo junto conmigo y ante mí, Notario Público que CERTIFICO Y DOY FE:


(...)                              (...)

Compareciente                  Compareciente


(...)                              (...)

Compareciente                  Compareciente



(...)                              (...)

Compareciente                  Compareciente


(...)     

Compareciente     


(...)

NOTARIO PUBLICO

Oficina de Abogados, Notaría & Contabilidad
Lic. Héctor Victorino Castro Espinal, Rafael Antonio Rodríguez Aren y Primitivo Recio Guzmán
Calle Manuel Ramón Roca No. 26, Dajabón, República Dominicana
809-579-7318, 809-498-6202, 809-543-7514 y 809-883-3838

ACTO DE CONSTITUCIÓN DE BIEN DE FAMILIA



  En la ciudad de <<...>>, República Dominicana, a los<<...>>,  días del mes de <<...>>  del año <<...>>  , siendo las <<...>> ; por ante mí<<...>>, dominicano, mayor de edad, estado civil<<...>>, titular de la Cédula de Identidad y Electoral número<<...>>, Abogado  Notario Público de los del Número para el <<...>>,  miembro activo del Colegio Dominicano de Notarios, Incorporado, y matriculado en el Colegio de Abogados de la República bajo el número <<...>>, con mi estudio profesional abierto en la casa marcada con el número <<...>>, de la calle <<...>>, del sector <<...>>, de esta ciudad de <<...>>, en presencia de los testigos instrumentales que serán nombrados al final de este acto, comparecieron personalmente los señores <<...>>, personas a quienes doy fe conocer y me declararon en sus calidades de <<...>>, respectivamente, libre y voluntariamente,  bajo la fe del juramento, lo que ha continuación se consigna: PRIMERO: "Que contrajimos matrimonio bajo el régimen de <<...>> en fecha<<...>> del mes de <<...>> del año <<...>>, el cual fue transcrito bajo el Número <<...>>, Folio número <<...>>, del Libro de Matrimonios número <<...>> correspondiente al año <<...>> de la Oficialía del Estado Civil de <<...>>, según consta en copia del acta de matrimonio expedida en fecha <<...>> del mes de <<...>> del año <<...>>, "; SEGUNDO: "Que deseamos constituir en Bien de Familia, de conformidad con todas las leyes relativas al asunto actualmente en vigencia en la República Dominicana, en beneficio y provecho de <<...>>, el inmueble cuya descripción se hace a continuación: <<...>>"; TERCERO: "Que el inmueble en cuestión satisface todas las exigencias legales y está libre de gravámenes o privilegios y de toda clase de inscripción hipotecaria., sea convencional o judicial, según se  puede comprobar por la certificación expedida por el Registrador de Títulos de <<...>>". Terminadas las declaraciones de los comparecientes, procedí a transcribirlas y las he leído íntegramente a los comparecientes, en presencia de los señores <<...>>, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de las tachas y excepciones que establece la ley, personas a quienes doy fe conocer, quienes después de  aprobarlo,  comparecientes y testigos, lo han firmado  y  rubricado al pie de la última foja y al margen de las demás, junto conmigo y ante mí, Notario infrascrito, que CERTIFICO Y DOY FE.


<<...>>
                                             NOTARIO PUBLICO      

Formulario Determinación de Herederos


FOLIO No.                                ACTO No.              Año

DETERMINACION DE HEREDEROS

En la ciudad de <<...>>, República Dominicana, a los <<...>>  días del mes de <<...>> del año <<...>>, por ante mi <<...>>, dominicano, mayor de edad, estado civil<<...>>, domiciliado y residente en esta ciudad, portador de la Cedula de Identidad y electoral número <<...>>, Abogado-Notario Publico de los del número de <<...>>, con mi estudio profesional abierto en <<...>>, de esta ciudad, asistido de los testigos que al final de este acto serán nombrados, comparecieron personalmente los señores <<...>>, personas a quienes doy fe conocer, y me declararon libre y voluntariamente, lo siguiente: que conocieron personalmente al extinto <<...>>, que este se estableció en <<...>> donde procreó con la señora <<...>>,  <<...>> hijos de nombres <<...>>que posteriormente abandonó el lugar y se fue a residir a  <<...>>, donde conoció a la señora <<...>>, con quien procreó <<...>> hijos de nombres  <<...>>; que les consta saber que estos son los únicos hijos que procreó el finando <<...>>, y por tanto sus únicos herederos, y que todo es de pública notoriedad. HECHO Y PASADO EN MI ESTUDIO el día, mes y año antes indicados, acto que he leído íntegramente a los comparecientes, en presencia de los señores <<...>> y <<...>>, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones que establece la ley, personas a quienes también doy fe conocer, quienes después de aprobarlo, comparecientes y testigos, lo han firmado en la última foja y rubricado al margen de las demás, junto conmigo y ante mi, Notario infrascrito que CERTIFICO Y DOY FE.



<<...>>
NOTARIO PUBLICO

Participación Amigable



FOLIO No.                                ACTO No.              Año

PARTICIPACION AMIGABLE

En la ciudad de <<...>>, República Dominicana, a los <<...>> días del mes de <<...>> del año <<...>> , por ante mi <<...>>, dominicano, mayor de edad,  estado civil<<...>>, con domicilio y residencia en esta ciudad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número <<...>>, Abogado-Notario Público de los del  número  de <<...>>, con  mi  estudio  profesional abierto en <<...>>, asistido de los testigos que serán nombrados al final de este acto, comparecieron personalmente los señores <<...>> y <<...>>, personas a quienes doy fe conocer, y me declararon libre y voluntariamente, lo siguiente: Que el día <<...>>  del mes de <<...>> del año <<...>> , falleció en <<...>> el señor <<...>>, portador de la Cédula de Identidad y electoral número <<...>>, quien se encontraba casado bajo el régimen de la comunidad legal de bienes con la señora <<...>>; Que los únicos herederos del mencionado señor <<...>> son sus hijos <<...>>, lo cual comprobó el Notario infrascrito por las respectivas actas de nacimiento que le fueron mostradas por los comparecientes, expedidas por el Oficial del Estado Civil de <<...>>; Que el día <<...>>  del mes de <<...>> del año <<...>>, el señor <<...>> presentó ante la Dirección General de Impuestos Internos, Departamento de Sucesiones y Donaciones, la declaración jurada exigida por la ley, de la cual se desprende que los bienes relictos del de cujus son los siguientes <<...>>; Que el día <<...>> del mes de <<...>> del año <<...>>, la Dirección General de Rentas Internas determinó que el impuesto sucesoral a pagar por los herederos del de cujus ascendían a la suma de <<...>> (RD$ <<...>>), más el doce por ciento (12%) de esa suma; Que el señalado impuesto fue pagado por los herederos en la Colecturía de Rentas Internas de  <<...>> en fecha <<...>> del mes de  <<...>> del año <<...>> según pude comprobar por los recibos que me fueron mostrados por los comparecientes, habiendo ascendido dicho impuesto a la suma de <<...>> (RD$ <<...>>); Que habiéndose cumplido con todas las exigencias de la ley, los comparecientes me han manifestado su decisión firme e irrevocable, de proceder a la participación amigable de los bienes de la sucesión ab-intestato del finado <<...>>, para lo cual han acordado, libre y voluntariamente, lo siguiente <<...>> ; Que las partes, de común acuerdo, dejan sin efecto el acto provisional bajo firma privada, que suscribieron en fecha <<...>> del mes de <<...>> del año <<...>>, cuyas firmas fueron legalizadas por el Notario <<...>>, en razón de que su contenido se encuentra incluido, enmendado y modificado por el presente acto;  Que otorgan poder al Doctor <<...>>, para que en sus nombres y representación realice por ante el Tribunal Superior de Tierras todas las diligencias indispensables para obtener del Registrador de Títulos de <<...>>, la expedición, previa cancelación de los actuales, de los nuevos Certificados de Títulos que deberán emitirse conforme a la distribución de los bienes acordada en esta partición amigable. HECHO Y PASADO EN MI ESTUDIO el día, mes y año antes indicados, acto que he leído íntegramente a los comparecientes, en presencia de los señores <<...>> y <<...>>, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de las tachas y excepciones que establece la ley, personas a quienes también doy fe conocer, quienes después de aprobarlo, comparecientes y testigos, lo han firmado y rubricado, junto conmigo y ante mi, Notario infrascrito QUE CERTIFICO Y DOY FE.



<<...>>

NOTARIO PUBLICO

miércoles, 10 de abril de 2013

Derecho Internacional Público y Privado


Mi República Dominicana

Constitución Dominicana 2010


CAPÍTULO VI
DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES Y
DEL DERECHO INTERNACIONAL
SECCIÓN I
DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL

 

Artículo 26.- Relaciones internacionales y derecho internacional. La República Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional, abierto a la cooperación y apegado a las normas del derecho internacional, en consecuencia:

1) Reconoce y aplica las normas del derecho internacional, general y americano, en la medida en que sus poderes públicos las hayan adoptado;

2) Las normas vigentes de convenios internacionales ratificados regirán en el ámbito interno, una vez publicados de manera oficial;

3) Las relaciones internacionales de la República Dominicana se fundamentan y rigen por la afirmación y promoción de sus valores e intereses nacionales, el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional;

4) En igualdad de condiciones con otros Estados, la República Dominicana acepta un ordenamiento jurídico internacional que garantice el respeto de los derechos fundamentales, la paz, la justicia, y el desarrollo político, social, económico y cultural de las naciones. Se compromete a actuar en el plano internacional, regional y nacional de modo compatible con los intereses nacionales, la convivencia pacífica entre los pueblos y los deberes de solidaridad con todas las naciones;

5) La República Dominicana promoverá y favorecerá la integración con las naciones de América, a fin de fortalecer una comunidad de naciones que defienda los intereses de la región. El Estado podrá suscribir tratados internacionales para promover el desarrollo común de las naciones, que aseguren el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes, y para atribuir a organizaciones supranacionales las competencias requeridas para participar en procesos de integración;

6) Se pronuncia en favor de la solidaridad económica entre los países de América y apoya toda iniciativa en defensa de sus productos básicos, materias primas y biodiversidad.

SECCIÓN II
REPRESENTANTES DE ELECCIÓN POPULAR ANTE
PARLAMENTOS INTERNACIONALES

Artículo 27.- Representantes. La República Dominicana tendrá representantes ante los parlamentos internacionales respecto a los cuales haya suscrito acuerdos que le reconozcan su participación y representación.

Artículo 28.- Requisitos. Para ser representante ante los parlamentos internacionales se requiere ser dominicano o dominicana en pleno ejercicio de derechos y deberes civiles y políticos y haber cumplido 25 años de edad.

 

Derecho Internacional Público y Privado


1.- CONCEPTO DE LOS DERECHOS INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:        

Derecho Internacional Público: Conjunto de normas que se encarga de regular las relaciones entre los Estados, y establece y determina los derechos y deberes recíprocos que les corresponden.

Es el ordenamiento jurídico que regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en su competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para realizar la paz y cooperación internacionales, mediante normas nacidas de fuentes internacionales específicas. O más brevemente, es el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional.     

Derecho Internacional Privado: Conjunto de normas Jurídicas llamadas a regular las relaciones surgidas en la Sociedad Internacional entre Personas Privadas. Determina el ordenamiento jurídico competente para regular las relaciones privadas que no dependen por entero de la legislación material interna, además de ocuparse de la nacionalidad y del derecho de extranjería.

2.-LA COMUNIDAD INTERNACIONAL:

Es el conjunto de relaciones sociales que rebasa el marco de una Comunidad Estatal, la cual surge como una necesidad de relaciones de Derecho y Obligación, ya que en toda Sociedad, fórmenla hombres o Naciones, la libertad de cada uno está limitada por la del otro, y tanto el hombre como el Estado precisan someterse a un sistema de reglas Jurídicas.


3.- OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:
El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son: A).-La Nacionalidad: es el vínculo jurídico y político que une a una persona con un Estado, es regulada por la legislación propia de cada Estado, se citan tres reglas fundamentales: 1).- Todo individuo debe tener una nacionalidad; 2).- Debe poseerla desde su nacimiento; y 3).- Todo individuo puede cambiar voluntariamente su nacionalidad con el asentimiento del Estado interesado. Existen tres formas para adquirir la nacionalidad. El Jus Sanguinis: se determina por la filiación, este sistema descansa en el factor biológico haciendo depender la nacionalidad del hijo de la del padre; El Jus Solí: se determina la nacionalidad por el lugar de nacimiento del individuo. Todas las personas nacidas en el territorio de un Estado tienen la nacionalidad del mismo; y el Sistema Mixto: es cuando se combinan, en sus disposiciones constitucionales acerca de la nacionalidad, el sistema de Jus Solí con el Jus Sanguinis, haciendo primar uno y otro sistema. También podrá ser adquirida por un hecho voluntario de la persona involucrada es decir, por: Naturalización: es la adquisición jurídica de una nueva nacionalidad, es la voluntad por parte del individuo que se naturaliza y por parte del Estado que admite la naturalización, mediante un acuerdo entre el Estado e Individuo. Por Matrimonio: es cuando la nacionalidad es adquirida por la mujer o el marido en virtud del matrimonio, sólo surte efecto con respecto al cónyuge y no con respecto a los hijos; y Por Opción: es cuando una persona con derecho a más de una nacionalidad, puede elegir entre ellas.
A).-La Ciudadanía: es la capacidad de ejercicio de los derechos civiles y político plenos que tiene una persona en el marco del Estado al que pertenece.

B).- La Condición de los Extranjeros: es el conjunto de derechos y deberes de los que gozan las personas que no forman el grupo de nacionales. Consiste en determinar los derechos de que los extranjeros gozan en cada país;


C).- Los Conflictos de Leyes: es el choque entre dos leyes que no pueden ser aplicadas en una misma jurisdicción por motivos diferentes, es preciso distinguir entre Territorialidad Extraterritorialidad de las Leyes, pues estas últimas son o de un carácter o de otro.
La Ley es Territorial cuando la relación jurídica en todos sus aspectos está sometida al Imperio de la Ley territorial local o Nacional. La Territorialidad de la Ley implica que el Juez no podría aplicar más que su ley Nacional. Cuando la Ley es Territorial, el Juez no puede nunca aplicar ninguna otra, dicha ley sólo rige todo los hechos realizados en un determinado territorio o que interesan al mismo.

La Ley es Extraterritorial, cuando la validez o la ubicación de la Ley Nacional se extienden a otros ordenamientos Jurídicos. La Extraterritorialidad de la Ley a su vez implica que el Juez Nacional puede aplicar la Ley Extranjera, es decir, una ley distinta de la suya a hechos acaecidos en su territorio o que presentan algún interés para el mismo. Ejemplo: Cuando un extranjero contrae matrimonio en España, las condiciones de fondo que dan validez a este matrimonio están sometidas a la Ley de dicho extranjero, por el motivo de aplicarse a hechos a los cuales el Juez aplicaría su propia Ley si ésta fuese territorial; y


D).- Los Conflictos de Jurisdicciones: se refiere al conjunto de órganos que cumplen la función con potencial  La administración de justicia se atribuye a un conjunto de funcionarios a los que se confían diversas materias, hablándose así de distintas clases de jurisdicción y competencias, en función de criterios de especialidad jurídica. Debe, por tanto, distinguirse entre la Jurisdicción Penal, la Contencioso-Administrativa, la Civil y la Social. Hay que destacar que la Jurisdicción Civil entiende no sólo de los asuntos civiles sino de todos aquellos que no estén atribuidos a una jurisdicción distinta. Todos los órganos jurisdiccionales se encuadran o bien en la llamada jurisdicción ordinaria o en las jurisdicciones especiales. Pertenecen a la primera categoría los tribunales a los que se atribuye el conocimiento de aquellos procesos referidos a una generalidad de materias. Por otro lado, pertenecen a la jurisdicción especial aquellos tribunales que, autorizados por una norma, intervienen en casos específicos. Un ejemplo de autoridad especial (en algunas legislaciones) es la militar, que se mantiene limitada en el ámbito penal a los hechos tipificados como delitos acaecidos en el ámbito castrense.

4.- LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS PERSONAS MORALES:
Las Personas Físicas: abarca todos los seres humanos de ambos sexos, y se clasifican de acuerdo a su capacidad de obrar, en capaces o incapaces. Son los seres capaces de poseer derechos y obligaciones.

Las Personas Morales: son los grupos o entidades colectivas que se forman para realizar fines comunes o colectivos que serán duraderos o permanentes en el tiempo. Estas entidades colectivas permanecen más allá de la vida individual. Tienen la calidad de ser sujetos de derecho.

Las Personas Físicas: abarca todos los seres humanos de ambos sexos, y se clasifican de acuerdo a su capacidad de obrar, en capaces o incapaces. Son los seres capaces de poseer derechos y obligaciones.

Las Personas Morales: son los grupos o entidades colectivas que se forman para realizar fines comunes o colectivos que serán duraderos o permanentes en el tiempo. Estas entidades colectivas permanecen más allá de la vida individual. Tienen la calidad de ser sujetos de derecho.

lunes, 8 de abril de 2013

Requisitos para la Juramentación de abogado



Deben abrir la oficina virtual y luego de registrarse con sus datos y despues de organizar Los siguientes documentos deben llevarlos el día de su Juramentación a la Suprema Corte de Justicia:
  1. Una Fotografía 2x2
  2. Fotocopia del Decreto
  3. Dos fotografías 2x2
  4. Un Original del Certificado de Vida y Costumbre expedido por el Ministerio de Interior y Policía no mayor de 6 meses (En caso de que el solicitante resida en el interior del país en la Gobernación de su localidad)
  5. Un Original del Certificado de No Antecedentes Penales expedido por la Procuraduría General de la República (no mayor de 6 meses).
  6. Un recibo de pago de la Ley 33-91 con valor de RD$10.00 pesos de la Dirección General de Impuestos Internos.
  7. Fotocopia de la Cédula de Identidad y Electoral
  8. Fotocopia Título otorgado por la Universidad que le confiere el grado de Licenciado o doctor en derecho.
  9. Además de Llenar con sus datos el Formulario de solicitud para Juramentación, debe traer tres (3) originales de instancia o carta dirigida al Presidente y demás Jueces que integran la Suprema Corte de Justicia, solicitando audiencia para juramentarse como abogado.
  10. Dos (02) sellos; uno (01) Marrón por valor de RD$30.00 pesos y uno (01) Azul con el logo del colegio de Abogados por valor de RD$50.00 pesos de la Dirección General de Impuestos Internos, para la Instancia de solicitud juramentación (Esto sería el Costo).
observación: Se recomienda fotocopiar todos los documentos antes de depositarlos